La singularidad del asesoramiento a la empresa familiar.

21 diciembre, 2020
Abadía & Abadía

¿La Navidad bien, o en familia? Este chiste, más viejo que cualquier canción de Django Reinhardt, en demasiadas ocasiones está muy vigente. 

Y es que no hay que olvidar que el tejido empresarial español está formado, en su gran mayoría (casi el 90%) por empresas familiares. Con sus alegrías, sus tristezas y sus cenas de Navidad.

Sin embargo, muchas veces la categorización o el encaje de una empresa como “empresa familiar” no es intuitivo ni para el propio socio de la compañía, aunque en el fondo de su ánimo sepa perfectamente que su empresa es de “la” familia o de “una”  familia.  Porque es así: la empresa familiar es aquella en la que el dominio, la mayoría de los votos, está en manos de una misma familia. Son empresas de diferentes tamaños y con muchas coincidencias, pero muchas diferencias también: la familia imprime carácter.

Aunque no hay regulación expresa de la empresa familiar (ante la Ley, la empresa familiar es una empresa como cualquier otra), la empresa familiar se parece a las demás únicamente en la fachada. De hecho, a veces es en la propia fachada donde empieza la diferenciación (por ejemplo, cuando el cartel reza “Menganito e hijos SL”). Ese “e hijos” entraña una complejidad y un relevo generacional en ciernes que desembocará en el fin de un ciclo o bien en la transición hacia un escenario profesionalizado de satisfacción y éxitos.

Por eso hay que saber que la empresa familiar “ES” especial. Le pese a quien le pese. Y alberga en su interior características que las hacen únicas. Y todas esas características las hacen únicas porque vertebran la familia y la empresa y, por tanto, cualquier cuestión o decisión que se tome o acontezca tienen un impacto directo tanto en la familia como en la empresa. Por eso se debe procurar que todo ello conduzca hacia la tan ansiada y necesaria paz social, término de derecho mercantil que en este caso no es más (ni menos) que la paz familiar.

Pero no quiero centrarme en “cómo es la empresa familiar y qué hay que hacer con ella” sino en el papel del abogado asesor de este tipo de empresas y la evolución que éste ha experimentado en los últimos años.

No hace mucho tiempo (de hecho, aún se hace así en muchas empresas familiares) lo habitual era encontrarnos al abogado de la familia. Es ese abogado, de total confianza, que lleva toda la vida asesorando a los padres, creadores o continuadores de un negocio familiar, al que se acude tanto para cuestiones empresariales como para cuestiones personales (de los padres, de los hijos, de los nietos…), y que hace de lo que realmente se llamaría hoy un abogado “in-house”: en la casa, entendiendo por casa el lugar donde habita alguien. Es quien luego, si el problema encomendado excede de sus conocimientos, coordina con el especialista en cuestión los aspectos necesarios para conseguir un buen asesoramiento. Y es quien acude a los bautizos, a las comuniones y bodas, donde con resignada paciencia y entre canapé y vino y canapé, recibe consultas y encargos de toda la familia.

Es un abogado que, normalmente, funciona a la perfección y hace bueno aquella máxima que defienden los abogados honrados: “lo que funciona, no hay que cambiarlo”.  

Sin embargo, de un tiempo a esta parte, nos encontramos con cierta evolución en esa figura tan interesante. Actualmente, con la sofisticación del entramado social y empresarial, la perversa legislación tributaria y la formación llena de títulos y vacía de sustancia en ciertos perfiles, es muy común y muy necesario incorporar, junto al abogado de la familia, a otros abogados más especializados, ya sea en cuestiones civiles, mercantiles y fiscales, como complemento asesor al asesoramiento “diario” que ofrece el abogado de la familia. 

La sofisticación llega por diversas causas: el crecimiento de la compañía; el crecimiento de la familia y la división de ésta en ramas; la incorporación de nuevas generaciones con nuevos conocimientos o nuevas inquietudes; el crecimiento del negocio; el interés de terceros; la cercana retirada del fundador… Como vemos, la vida empresarial y la familiar son dinámicas, y dinámico debe ser el asesoramiento que reciben.

Por eso, la incorporación de nuevos profesionales (ya sea por recomendación del propio abogado de la familia o por algún miembro de la familia) debe ir encaminada al desarrollo en positivo de los intereses de la empresa y de la familia, y debería fluir en un trabajo común en beneficio de la empresa y de la familia. En especial, debería desembocar (y no hacerlo es un error) en un Protocolo Familiar pactado y convenido con todos los interesados, coordinados por los asesores. Un protocolo en el que se incluyan cuestiones básicas como la creación de un Consejo de Familia, un Consejo de Administración, quizá un Consejo Asesor, y se establezcan las condiciones de incorporación de los diferentes miembros de la familia tanto a la compañía como a los órganos de dirección. Para formar parte del negocio hay que exigir formación, esfuerzo y carrera. Todo ello complementado con una reorganización patrimonial y empresarial de acuerdo con los deseos de la familia, el peaje tributario y las conveniencias para el buen futuro del negocio. Como ya he dicho, debe acabar “en” la paz familiar, evitando que estas decisiones acaben “con” la paz familiar.

El asesoramiento de un abogado a una empresa familiar es una trabajo constante, de artesano, en ocasiones de diplomático, en ocasiones de coronel. En ocasiones de asesor, confesor y hasta mentor. Lo más enriquecedor y agotador que hay, como las mejores cosas de la vida. Y vocacional. ¿Y cómo no vamos a tener esta vocación en un despacho de abogados que es una empresa familiar?

Feliz cena de Navidad a todos. 

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